ACUERDO DE CREACCIÓN

ACUERDO POR EL QUE SE CREA
EL CONSEJO DE EVALUACIÓN EDUCATIVA DE
LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

Dr. José Narro Robles, Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, con fundamento en los artículos 1° y 9° de la Ley Orgánica, 34, fracciones IX y X del Estatuto General, y

Considerando que la Universidad tiene la responsabilidad y el compromiso de impartir educación de calidad en sus ciclos de bachillerato, licenciatura y posgrado, para ello requiere contar con métodos, programas, estrategias, criterios, indicadores e instrumentos de evaluación educativa para conocer y analizar con objetividad la calidad de los insumos, procesos y resultados de la labor educativa de la Institución, con el fin de establecer políticas educativas.

Que esta Casa de Estudios necesita fortalecer el análisis y uso de los resultados de las diversas prácticas de evaluación a través de acciones de mejoramiento de los procesos educativos, ampliando la capacidad en evaluación de la Institución en general y, en particular, de cada una de sus entidades, planteles y unidades académicas

Que la evaluación educativa es el medio que contribuye a mejorar la educación, de ahí la importancia de desarrollar en la Universidad un sistema de evaluación adecuado, el cual implica un diseño que permita alcanzar dicho objetivo.

En razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

acuerdos

PRIMERO

Se crea el Consejo de Evaluación Educativa,el cualtendrá los siguientes objetivos:

I. Impulsar buenas prácticas de evaluación educativa en la UNAM;
II. Establecer un observatorio de buenas prácticas en eva­ luación educativa;
III. Incrementar el uso de los resultados derivados de la evaluación para mejorar accioes educativas, y
IV. Fortalecer la capacidad de evaluación educativa en el bachi­ llerato, la licenciatura y el posgrado.

SEGUNDO

Son funciones del Consejo de Evaluación Educativa:

I. Proponer políticas institucionales de evaluación educativa;
II. Sugerir métodos, estrategias y procedimientos de evalua­
ción educativa en los siguientes ámbitos: aprendizaje , docencia presencial, abierta y en línea, tutoría, formación docente, planes y programas de estudio, materiales educativos y en intervenciones e innovaciones educativas;
III. Establecer estándares para evaluar procesos y resultados
de acciones educativas; .
IV. Opinar sobre requerimientos externos de evaluacióneducativa provenientes de organismos nacionales.e internacionales;
V. Opinar sobre instrumentos desarrollados en la Institución para recabar información de los alumnos;
VI. Recomendar la realización de estudios de evaluación educativa;
VII. Opinar sobre métodos para analizar la información que se emplea en los procesos de evaluación educativa;
VIII. Proponer estrategias y mecanismos para impulsar la formación en eváluación educativa de personal académico. y académico-admin istrativo de las entidades;
IX. Establecer vínculos con organizaciones y centros de evalua­ ción nacionales y del extranjero, y
X. Crear grupos de trabajo para desarrollar estudios de noma de México, con fundamento en los artículos 1º y 9º de la Ley evaluación.

TERCERO

El Consejo estará integrado por:

l. El Rector, quien fungirá como su Presidente;
11. El Secretario de Desarrollo Institucional, quien suplirá al Pre­ sidente en caso de ausencia;
111. El Director General de Evaluación Educativa, quien fungirá como Secretario Técnico del Consejo;
IV. El Coordinador de lnnov?ción y Desarrollo, y
V. Un consejero nombrado y removido libremente por el Rector, de cada una de las siguientes instancias universitarias:

a) a) Del Bachillerato:

Un representante del Consejo Académico del Bachillerato.
Un representante de cada uno de los subsistemas del Bachillerato.
Un representante del Bachillerato a distancia.
Un representante de cada plantel de Bachillerato.

b) De Licenciatura:

Un representante de cada uno de los Consejos Académicos, de Area.
Un representante del Sistema Universidad Abierta y Educación a Distancia.
Un representante de cada facultad y escuela.

c) Del Posgrado:

Un representante de la Coordinación de Estudios de Posgrado, y
Un representante de cada programa de posgrado.

VI. Invitados expertos externos a la UNAM que asistirán según el tema y la necesidad, quienes contarán con voz, pero sin voto.

El Consejo de Evaluación Educativa sesionará en comisiones integradas por los consejeros de cada uno de los niveles educativos referidos en la fracción VI y podrá invitar a sus sesiones a especialistas en la materia para que asistan con voz, pero sin voto.
El Consejo de Evaluación Educativa sesionará en comisiones inte­ gradas por los consejeros de cada uno de los niveles educativos referidos en la fracción V.

CUARTO

La Abogada General formará parte del Consejo como asesora jurídica del mismo, y tendrá derecho a voz.

TRANSITORIOS

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en Gaceta UNAM.

Segundo.- El Consejo de Evaluación Educativa se reintegrará en un plazo máximo de treinta días naturales posteriores a la publicación del presente Acuerdo.

Tercero.- En un plazo de sesenta días naturales posteriores a la publicación de este Acuerdo, el Secretario Técnico del Consejo emitirá los Lineamientos de Operación del Consejo de Evaluación Educativa.

“Por mi raza hablará el espíritu”
Ciudad Universitaria, Cd. Mx., 16 de junio de 2012

El Rector
Dr. José Narrro Robles